[PDF] La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur - eBooks Review

La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur


La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur
DOWNLOAD
AUDIOBOOK

Download La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur PDF/ePub or read online books in Mobi eBooks. Click Download or Read Online button to get La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur book now. This website allows unlimited access to, at the time of writing, more than 1.5 million titles, including hundreds of thousands of titles in various foreign languages. If the content not found or just blank you must refresh this page





La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur


La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur
DOWNLOAD
AUDIOBOOK

Author : Fernando Alarcón Rojas
language : es
Publisher: U. Externado de Colombia
Release Date : 2016-09-22

La Incidencia Del Silencio En Los Contratos G Nesis Y Aplicaci N De La Regla Quit Tacet Consentir Videtur written by Fernando Alarcón Rojas and has been published by U. Externado de Colombia this book supported file pdf, txt, epub, kindle and other format this book has been release on 2016-09-22 with Consent (Law) categories.


La doctrina afirma frecuentemente que la regla jurídica que figura en las decretales, según la cual el que calla, parece consentir, es de genuina creación del derecho canónico porqye es en este ordenamiento en donde aparece por primera vez como una de las regula iuris. También se dice que el silencio, en lo atinente a los negocios jurídicos, tiene un carácter neutro porque, por regla general, no denota aceptación ni rechazo, caracteristica esta que la hacen derivar del antecedente romano que se expresa como regla jurídica en D.50.17.142, y según la cual el que calla ciertamente que no confiesa, pero, sin embargo, es verdad que no niega.